UNA PRUEBA DE FUEGO PARA EL CONSEJO SUPERIOR
A nivel
mundial, cada día más,
las manifestaciones y movilizaciones populares reclaman reconocimiento y participación en
la toma de las
decisiones relacionadas con la
administración pública pues,
al fin y al
cabo, son decisiones fundamentales para la determinación de las condiciones de existencia material
y espiritual de las
comunidades que integran la
Sociedad.
A partir
de la constitución del
91, para adecuar el
marco constitucional de nuestro
País a las exigencias de la apertura
económica y la internacionalización de la economía, se pasó formalmente (Léase, en teoría)
de la Democracia Representativa a la Democracia Participativa,
la cual terminó siendo
una caricatura de La
Democracia por sus limitaciones y restricciones.
Las ilusiones democráticas alcanzaron el
Sistema Universitario Colombiano y
la Ley 30 de
1992 recogió, sin desarrollar significativamente, la Autonomía consagrada en la
Constitución Nacional con lo
cual se nos ha
querido hacer creer el
cuento de que somos
instituciones autónomas e
independientes porque se
nos “Concedió” el
Derecho a designar nuestras
autoridades Académicas y Administrativas, a “Darnos
y Modificar” nuestros
estatutos y “Crear,
Organizar y Desarrollar” nuestros
programas académicos. Sin embargo,
nada más alejado de
un verdadero ejercicio Democrático que la implementación de estas “concesiones” en las Universidades Públicas Colombianas. En
efecto, el Consejo Superior
Universitario, Máximo Órgano
de la Dirección Administrativa de la U.
fue concebido y diseñado
por el legislador de
tal manera que se
garantizara un bloque mayoritario en representación del
Gobierno y el sector
extra académico con lo
cual éste mantiene el
control del Sistema de
Universidades Estatales mediante
la implementación de todas
sus políticas a través
de tan malogrado Organismo (El
Consejo Superior).
Un sencillo
cálculo Aritmético nos permite
evidenciar la violación de
la autonomía Universitaria por
parte del
propio gobierno a través
del control político que
ejerce en el Consejo
Superior. En efecto: De
NUEVE (9) miembros con
derecho a voto que
integran dicho organismo, CINCO
hacen mayoría (De hecho,
generalmente funciona con CINCO
miembros. Aquí en la
Usco es muy conocida
la expresión “Los
Quíntuples” para hacer referencia a las sesiones
del Consejo Superior en
las cuales sólo han
participado CINCO Consejeros y
tomado decisiones trascendentes). Y
de CINCO la mayoría
la hacen TRES que,
eventualmente, pueden ser
los tres representantes del
Gobierno.
No resulta,
pues, desproporcionado solicitar el
retiro del Gobernador del
Consejo Superior Universitario máxime
cuando La Corte constitucional en su
Sentencia C-589 del 97
afirma que:
“…En consecuencia, si
bien es
cierto que
la participación de los
representantes
del Estado
en el
Consejo Superior
Universitario no
vulnera, en
principio, la
Autonomía Universitaria, también lo
es que
dicha participación no puede
constituirse en
un mecanismo
a través
del cual
EL ESTADO
EJERZA EL
CONTROL
ABSOLUTO sobre
los entes
Universitarios, de
ahí que
la REPRESENTACIÓN NO PUEDE SER
MAYORITARIA”
Y, de manera taxativa, excluye al gobernador al cuantificar los
miembros del Consejo Superior
en la parte concluyente:
“En conclusión se
tiene que
de los
OCHO (8)
miembros que
conforman el
Consejo Superior
Universitario, sólo
DOS (2) proceden del Gobierno, como
son: El
Ministro de
Educación o
su delegado,
a nivel
Nacional; O
el Gobernador, o el
Alcalde, a
nivel departamental, distrital o
municipal, y
el designado
por el
Presidente de
la República. Existe otro
miembro, ajeno
al gobierno
y a
la Universidad, que pertenece
al
sector productivo, y los
otros Cinco
(5) hacen
parte de
la comunidad
universitaria. Entonces,
no es
cierto que
los miembros
del Consejo
Superior Universitario de origen
estatal tengan
la mayoría
en ese
Organismo (PUÉS
SON SÓLO
DOS, agregado
nuestro.) Así
las cosas,
las decisiones podrán ser
adoptadas de
manera libre
y razonada
y no
como fruto
de la
imposición de
políticas ajenas
a sus
propios intereses
y los
de la
sociedad en
general”.
No se
trata de un capricho
Nuestro pedir el retiro
del Gobernador(a). Sólo pretendemos que se cumpla
la Ley para garantizar el equilibrio de
poderes que requiere el
ejercicio de la Democracia. No compartimos los
criterios del representante suplente
de los profesores en
ese Organismo quien considera que el retiro
del Gobernador puede resultar
contraproducente para la
Universidad porque dejarían de
aportar recursos del Departamento para ésta. Ante lo cual cabe mencionar que más bien han
retraído esta obligación, como es el caso de la deuda por concepto de regalías
que supera los veinte mil millones de
pesos. En cambio si ha sido factor determinante en la entronización
del clientelismo y la politiquería que prevalecen en las decisiones que toma
este organismo. Debemos entender y
hacérselo entender a nuestros
gobernantes que ellos no
son los dueños de
los recursos de la
Nación, el Departamento o
el Municipio; Ellos son
SIMPLES administradores de esos
recursos y deben trabajar
en Función del bienestar de las comunidades que los han
nombrado. Si
la Ley establece que
Los Departamentos y los
Municipios deben aportar al
presupuesto de las Universidades, debemos exigir el
cumplimiento de la ley.
En cuanto a los
recursos aportados a través
de la figura contractual es necesario investigar quienes se han
beneficiado con esos recursos ya que en
la mayoría
de los casos, a
la Universidad sólo le
ha quedado el desprestigio por el incumplimiento en los mismos
o la mala calidad
del servicio prestado o
de la obra realizada.
Si queremos alcanzar la mayoría de edad y asumirnos de manera autónoma, debemos romper con el tutelaje, la dependencia y el paternalismo que tradicionalmente heredamos frente a tantos organismos que se erigen frente a nosotros como rectores de nuestro comportamiento.
JUNTA
DIRECTIVA
DE
ASPU
Neiva, 17 de octubre de 2012